Natalia Silva y Daniela Ejsmentewicz, integrantes de la directiva del Programa de Reducción de Riesgos y Desastres de la Universidad de Chile, profundizan sobre diversos aspectos relevantes de la Gestión de Desastres desde la Perspectiva de los Derechos Humanos.
“A menudo, los derechos humanos pueden verse afectados por los desastres que afectan de diversas formas a la población de un territorio”. Así comienza la introducción del Informe Anual sobre la Situación de los DD.HH. en Chile, impulsado por en su versión 2023 por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Se trata de un documento de gran relevancia informativa sobre un punto de vista poco frecuente en el tapete público en relación a estos derechos esenciales de todos los seres humanos: su estado de vulneración en caso de desastres.
Natalia Silva, Coordinadora de Vinculación con el Medio del Programa de Reducción de Riesgos y Desastres CITRID, cuenta que la gestión del riesgo de desastres, más que una disciplina, es un enfoque transversal que busca reducir las con secuencia de un evento. “Esto último expresado en términos de afectación a las personas, sus bienes y también el entorno natural y construido”, dice agregando que “en dicha gestión resulta relevante considerar el enfoque de derechos junto a otros enfoques transversales”, destaca la investigadora de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile
La razón está en que los derechos humanos pueden verse vulnerados en medio de una emergencia. La mayoría de las veces, señala el informe del INDH, “esto se debe a una mala preparación para enfrentar las amenazas, una inadecuada planificación o por acciones de negligencia en el proceso de gestión de desastres”.
Al respecto, Daniela Ejsmentewicz, Directora Ejecutiva del Programa de Reducción de Riesgos y Desastres CITRID, señaló que “el evento mismo pone en riesgo tu vida, tu integridad física, tus bienes e incluso el medio ambiente, entre menos preparación exista mayor es la posibilidad de sufrir daños. Por otro lado, una mala gestión de la respuesta y del riesgo en general, tratando a las personas como objetos y no como sujetos, también puede vulnerar derechos. Es importante entender que la mala gestión puede ser también fuente de daño en estos contextos”, afirma.
En relación al mismo punto, Natalia Silva explica que “se debe considerar el enfoque de derecho, junto con otros como la interseccionalidad, para cautelar que las comunidades gocen y hagan uso de sus derechos consagrados y no sean vulnerados en contextos de emergencia, que es donde principalmente éstos pudieran verse restringidos o alterados por ser contextos excepcionales”, explica Natalia Silva.
Casos de vulneración
Las razones pueden ser varias en relación a la expresión de vulneración de derechos, dado que ante la ocurrencia de desastres se establecen Zonas de Catástrofe y de Excepción Constitucional que buscan regular el orden y la seguridad pública ante estas situaciones extraordinarias que remecen a toda la sociedad y restringen algunas libertades.
Algunos casos concretos, que generalmente en etapa de rehabilitación y recuperación ameritan mayor miramiento, tienen relación con los procesos de relocalización y la habilitación de albergues para los damnificados a los que se les entregan beneficios y apoyos para la rehabilitación temprana. Pero según afirma Natalia Siva de CITRID, el panorama no es tan negativo, ya que “Chile ha avanzado en la incorporación de estándares internacionales con enfoque de género y consideraciones etarias en los kits de alimentación e higiene personal, en la organización y administración dentro de los mismos albergues, protección de los albergados bajo la articulación de los distintos actores del Sistema ante situaciones delictuales que pudieran darse como la trata de personas, entre otras”.
En concreto, es importante que la gestión del riesgo de desastres vele por la protección y promoción de los derechos humanos en toda etapa del ciclo de gestión del riesgo, no solo en respuesta y recuperación post desastre, cuando más evidente pudieran ocurrir vulneraciones. Para garantizar aquello, Natalia Silva destaca la existencia de una Política Nacional para la Reducción de Riesgo de Desastres que dialoga con el Plan Nacional de DD.HH., ambos instrumentos comprometen acciones concretas tendientes a resguardar a los sujetos de derechos, propiciando que la Gestión de Riesgo de Desastres sea más inclusiva y pertinente, y que en su accionar no deje a nadie atrás tal y como nos invita la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, compromiso internacional al que Chile adhirió en el 2015.
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